“El Memorándum, más allá de se lo considere un acierto o desarcierto político, no constituyó delito”, sostiene la resolución judicial.

Este jueves por la tarde el Tribunal Oral Federal 8 sobreseyó a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner en la causa que la investigaba por el Memorándum con Irán, que se había iniciado con la denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman. El tribunal avaló la posición de la defensa de Cristina de que no había delito en el acuerdo firmado por nuestro país con Irán para indagar a los ciudadanos iraníes sospechosos de haber organizado el atentado contra la AMIA.

 

“El Memorándum, más allá de se lo considere un acierto o desarcierto político, no constituyó delito”, sostiene la resolución judicial. El sobreseimiento también alcanza al resto de los acusados, incluyendo al actual Procurador del Tesoro Carlos Zannini, al viceministro de Justicia Juan Martin Mena, al ministro bonaerense Andrés Larroque, al senador Oscar Parrilli y al dirigente Luis D’Elía, entre otros.

 

El extenso fallo de 400 páginas que exime a la vicepresidenta de transitar la instancia del juicio oral lleva las firmas de los jueces Gabriela López Iñiguez, José Michilini y Daniel Obligado, que realizaron distintas fundamentaciones de su voto.

 

La defensa de Cristina y del resto de los acusados, además del planteo sobre la inexistencia de delito, venía reclamando la nulidad de la causa, denunciando además la falta de imparcialidad de los jueces de Casación Mariano Borinsky y Gustavo Hornos (ambos investigados en la actualidad por sus múltiples visitas a Casa Rosada y a la Quinta de Olivos para entrevistarse con el entonces presidente Mauricio Macri).

 

“El Memorándum de Entendimiento no logró cumplir sus requisitos de validez antes de convertirse en tratado internacional vinculante para las partes, por lo que no ha existido acto jurídico como tal desde el punto de vista del derecho internacional”, consideró el fallo, por lo que “no hay ningún elemento directo que de manera contundente nos haga pensar que tal temperamento fue más allá de una decisión política para convertirse en un acto de encubrimiento”.

 

Después de la decisión del TOF 8 la fiscalía y las querellas podrían llegar a apelar el fallo ante la Cámara Federal de Casación. En 2016 ya la Sala I de Casación había definido el cierre de la causa (coicidiendo con resoluciones previas del juez Daniel Rafecas sobre la inexistencia de delito). Pero tras la denuncia por “traición a la Patria” que cayó en manos del fallecido juez Claudio Bonadio, el tema volvió a Casación y Hornos y Borinsky decidieron la reapertura de la causa, quedando anexada a la denuncia que tramitaba en el juzgado de Bonadio, que en 2017 incluso ordenó la detención de Cristina (que ya había vuelto a tener fueros como senadora), Timerman, Zannini y D´Elía, así como también de Fernando Esteche y del iraní Jorge Khalil.