El Juez Mario Martínez, dictó Auto de Procesamiento y Prisión Preventiva en contra de los imputados Dardo Gordillo, Ramón Leguiza, Jorge Leguiza, Adriana Rodríguez, Nadia Bravo, Elio Marcial, Ivana Luna y Marcos Miranday; como Co Autores de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO POR ABUSO DE LA FUNCIÓN DEL SUJETO ACTIVO en concurso con el delito de LESIONES GRAVES CALIFICADAS POR ENSAÑAMIENTO Y ABUSO DE LA FUNCIÓN DEL SUJETO ACTIVO y VIOLACIÓN A LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PÚBLICO POR EJERCICIO ABUSIVO DE LA AUTORIDAD.

Ante esto el juez ordenará el traslado de los mismos, al Servicio Penitenciario Provincial, en calidad de IMPUTADOS PROCESADOS. Es decir, que estos delitos que se encuentran previstos y reprimidos por los artículos 80 inciso 9 del Código Penal Argentino (en adelante CPA), 91 del CPA, 248 del CPA figuras que concurren idealmente para cada uno de los imputados; los mismos recibirían la pena máxima de PRISIÓN PERPETUA. En el segundo punto de la resolución, el juez que entiende en la causa, asegura que los hechos que se investigaron, constituyen una VIOLACIÓN A LOS DERECHOS HUMANOS, FUNDAMENTALES consagrados en la Convención Americana de Derechos Humanos, y ante la obligación de respetar los derechos establecidos en dicho tratado, se actuó en perjuicio de Emanuel Garay y los quince cadetes que también fueron víctimas de estos aberrantes abusos.

 

Por su parte el juzgado remitió copias de la resolución al Ministerio de Gobierno Justicia Seguridad y Derechos Humanos y al Ministerio de Educación para dar conocimiento de lo actuado. Por último, se trabó embargo sobre los bienes de los imputados, para responder a pena pecuniaria y costas del proceso.

 

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